La composición de la Comisión Delegada, que tendrá como máximo un número de 15 miembros más el Presidente, será la siguiente: un tercio correspondiente a los Presi­dentes de las Federaciones de Esgrima de ámbito autonómico, elegidos por y entre los mismos; un tercio correspondiente a los Clubes, designada esta representación por y entre los mismos, sin que los correspondientes a una misma Comu­nidad Autónoma puedan tener más del 50 por ciento de la representación; un tercio correspondiente al resto de los estamentos, en proporción a su representa­ción en la Asamblea General y designados por y entre los diferentes estamentos, en función de los criterios que se establezcan en el Reglamento Electoral.

PRESIDENTE

  • D. José Luis Abajo Gómez

ESTAMENTO DE FEDERACIONES AUTONÓMICAS

  • Federació Catalana d’Esgrima – Dña. Cristina Sastre Pérez
  • Federación de Esgrima de Castilla y León – D. Daniel Bravo Padró
  • Federación de Esgrima de la Comunidad Valenciana – D. Vicente Marcos Safont Segura
  • Federación Gallega de Esgrima – D. José Manuel Regueiro Mantiñán

ESTAMENTO DE CLUBES

  • Club de Esgrima de Madrid – Dña. Ángela De Rioja Mediavilla
  • Club de Esgrima Bahía de Cádiz – Dña. Carolina De Pando y De Matos
  • Sala de Armas de Madrid – D. Javier Martí Alarcón
  • Sala D’Armes Montjuïc de Barcelona – D. Stefano Schirone
  • Sala D’Armes de Valencia – Vicente Safont Ballester

ESTAMENTO DEPORTISTAS

  • Dña. Marta Cerro Jiménez
  • D. Andrés Hernández Caballero
  • D. Miguel Ojeda Ciurana

ESTAMENTO JUECES Y  ÁRBITROS

  • D. Daniel Vázquez Llorens

ESTAMENTO TÉCNICOS

  • Dña. Milagrosa Escalona Monge

COMPETENCIAS

Son competencias de la Comisión Delegada:

1.- La modificación del calendario depor­tivo.
2.- La modificación de los presupuestos.
3.- La aprobación y modificación de regla­mentos.
4.- La elaboración de un informe previo a la aprobación de los presupuestos.
5.- El seguimiento de la gestión deportiva y económica de la R.F.E.E. mediante la ela­boración de un informe anual a la Asam­blea General, sobre la memoria de activi­dades y la liquidación del presupuesto.
6.- La aprobación de la creación de Dele­gaciones Territoriales y determinación de sus competencias de acuerdo a los criterios establecidos en los presentes Estatutos.
7.- La propuesta de modificación de Esta­tutos a la Asamblea General
8.- La preparación, en general, de todas las tareas que sean competencia de la Asam­blea.