La composición de la Comisión Delegada, que tendrá como máximo un número de 15 miembros más el Presidente, será la siguiente: un tercio correspondiente a los Presidentes de las Federaciones de Esgrima de ámbito autonómico, elegidos por y entre los mismos; un tercio correspondiente a los Clubes, designada esta representación por y entre los mismos, sin que los correspondientes a una misma Comunidad Autónoma puedan tener más del 50 por ciento de la representación; un tercio correspondiente al resto de los estamentos, en proporción a su representación en la Asamblea General y designados por y entre los diferentes estamentos, en función de los criterios que se establezcan en el Reglamento Electoral.
PRESIDENTE
- D. José Luis Abajo Gómez
ESTAMENTO DE FEDERACIONES AUTONÓMICAS
- Federació Catalana d’Esgrima – Dña. Cristina Sastre Pérez
- Federación de Esgrima de Castilla y León – D. Daniel Bravo Padró
- Federación de Esgrima de la Comunidad Valenciana – D. Vicente Marcos Safont Segura
- Federación Gallega de Esgrima – D. José Manuel Regueiro Mantiñán
ESTAMENTO DE CLUBES
- Club de Esgrima de Madrid – Dña. Ángela De Rioja Mediavilla
- Club de Esgrima Bahía de Cádiz – Dña. Carolina De Pando y De Matos
- Sala de Armas de Madrid – D. Javier Martí Alarcón
- Sala D’Armes Montjuïc de Barcelona – D. Stefano Schirone
- Sala D’Armes de Valencia – Vicente Safont Ballester
ESTAMENTO DEPORTISTAS
- Dña. Marta Cerro Jiménez
- D. Andrés Hernández Caballero
- D. Miguel Ojeda Ciurana
ESTAMENTO JUECES Y ÁRBITROS
- D. Daniel Vázquez Llorens
ESTAMENTO TÉCNICOS
- Dña. Milagrosa Escalona Monge
COMPETENCIAS
Son competencias de la Comisión Delegada:
1.- La modificación del calendario deportivo.
2.- La modificación de los presupuestos.
3.- La aprobación y modificación de reglamentos.
4.- La elaboración de un informe previo a la aprobación de los presupuestos.
5.- El seguimiento de la gestión deportiva y económica de la R.F.E.E. mediante la elaboración de un informe anual a la Asamblea General, sobre la memoria de actividades y la liquidación del presupuesto.
6.- La aprobación de la creación de Delegaciones Territoriales y determinación de sus competencias de acuerdo a los criterios establecidos en los presentes Estatutos.
7.- La propuesta de modificación de Estatutos a la Asamblea General
8.- La preparación, en general, de todas las tareas que sean competencia de la Asamblea.