La composición de la Comisión Delegada, que tendrá como máximo un número de 15 miembros más el Presidente, será la siguiente: un tercio correspondiente a los Presi­dentes de las Federaciones de Esgrima de ámbito autonómico, elegidos por y entre los mismos; un tercio correspondiente a los Clubes, designada esta representación por y entre los mismos, sin que los correspondientes a una misma Comu­nidad Autónoma puedan tener más del 50 por ciento de la representación; un tercio correspondiente al resto de los estamentos, en proporción a su representa­ción en la Asamblea General y designados por y entre los diferentes estamentos, en función de los criterios que se establezcan en el Reglamento Electoral.

PRESIDENTE

  • D. José Luis Abajo Gómez

ESTAMENTO DE FEDERACIONES AUTONÓMICAS

  • Federació Catalana d’Esgrima – D. Miguel Ojeda Ciurana
  • Federación de Esgrima de Castilla y León – D. Daniel Bravo Padró
  • Federación de Esgrima de la Comunidad Valenciana – D. Vicente Marcos Safont Segura
  • Federación Gallega de Esgrima – D. José Manuel Regueiro Mantiñán
  • Federación Madrileña de Esgrima – D. Alberto Falcón Cabrera

ESTAMENTO DE CLUBES

  • Club de Esgrima de Madrid – D. Rafael López Hidalgo
  • Club Deportivo Fortuna San Sebastian – D. Igor Otaegui Bichot
  • Sala de Armas de Madrid – D. Javier Martí Alarcón
  • Sala de Armas de Valencia – D. Vicente Safont Ballester
  • Sala de Esgrima de Amposta – Dña. Anna Tomàs Talarn

ESTAMENTO DEPORTISTAS

  • Dña. Jessica Del Campo Ayala
  • Dña. María Teresa Díaz Escalona
  • Dña. Mari Cruz Rodríguez García

ESTAMENTO JUECES Y  ÁRBITROS

  • D. Ignacio Casares Montoya

ESTAMENTO TÉCNICOS

  • D. Jesús Esperanza Fernández

COMPETENCIAS

Son competencias de la Comisión Delegada:

1.- La modificación del calendario depor­tivo.
2.- La modificación de los presupuestos.
3.- La aprobación y modificación de regla­mentos.
4.- La elaboración de un informe previo a la aprobación de los presupuestos.
5.- El seguimiento de la gestión deportiva y económica de la R.F.E.E. mediante la ela­boración de un informe anual a la Asam­blea General, sobre la memoria de activi­dades y la liquidación del presupuesto.
6.- La aprobación de la creación de Dele­gaciones Territoriales y determinación de sus competencias de acuerdo a los criterios establecidos en los presentes Estatutos.
7.- La propuesta de modificación de Esta­tutos a la Asamblea General
8.- La preparación, en general, de todas las tareas que sean competencia de la Asam­blea.